sábado, 16 de febrero de 2019

Beneficios y limitaciones de la actividad física en el embarazo

Desgraciadamente aún hoy las mujeres embarazadas no conocen los efectos beneficiosos de la práctica deportiva regular durante la gestación y aún existen las falsas creencias que la mujer embarazada debe evitar la práctica deportiva por peligro para el feto.
Los efectos beneficiosos de una actividad física controlada en el embarazo son:
·       - Mejora el control de peso
·       - Mejora la condición cardiovascular y muscular
·       - Mejora la corrección postural
·       - Disminuye molestias digestivas
·       - Aumenta el bienestar psicológico
·       - Mejora la calidad del sueño
·       - Favorece la recuperación tras el parto
Las embarazadas que realicen actividad aeróbica intensa previa a la gestación pueden continuarla en el embarazo y puerperio siempre que el embarazo sea normal y la mujer se mantenga sana.
En el caso de mujer embarazada que no sea muy activa pero se mantenga sana puede realizar hasta 150’ repartidos durante la semana de una actividad aeróbica, normalmente se recomienda durante 3-4 días a la semana una actividad de 20-30’.
Los efectos del embarazo en la mujer que propician la práctica de una actividad física son:
-                            * Mayor consumo de oxígeno
-                            * Mayor rendimiento muscular
-                            * Mayor capacidad cardiovascular
Ante esta situación pues hay que tener en cuenta qué es lo recomendable, dónde están los límites y cuáles son sus contraindicaciones.
Cuál es la intensidad recomendada?
Definición de Intensidad del ejercicio: magnitud del esfuerzo requerido en función del consumo metabólico (requerimiento energético) para realizar un ejercicio
Moderada: 3-6 MET
Vigorosa: >6 MET
Intensa: >10 MET

Se considera que la mujer en el embarazo no debe superar la Frecuencia Cardíaca máxima pero sí alcanzar la ideal que es el 80-90% de la FC máxima, si además la intensidad que le ofrece la práctica de ese ejercicio no supera esta FC ideal aún siendo intensa, se podrá realizar sin repercusiones para el feto o la madre.

Cuando se debe parar?
En caso de embarazo múltiple, parto prematuro, sangrado vaginal, abortos de repetición, crecimiento fetal disminuido, patología cardíaca, disnea , mareo, vértigo, edema generalizado, escaso aumento de peso corporal, fugas de líquido amniótico, dolor precordial o abdominal.

Qué contraindicaciones de la realización de ejercicio hay en el embarazo?
La existencia de Hipertensión arterial, cardiopatía, enfermedad infecciosa aguda, tromboflebitis, embolismo reciente, Placenta previa, Crecimiento intrauterino retrasado.

Actividades no recomendadas:
Evitar ejercicios que pueda ocasionar trauma abdominal, saltos, maniobras de Valsalva, arquear la espalda, abdominales, así como, actividades que requieran equilibrio y coordinación precisa y cambios bruscos de posición (mareos y caídas).
-        Evitar la espiración forzada que reducen la oxigenación fetal.
      Recomendar no estar acostada mucho tiempo en decúbito-supino para evitar la obstrucción de la vena cava inferior.
      
LOS DEPORTES PROHIBIDOS:
Es mejor que evites practicarlos durante los meses de gestación: los de contacto (riesgo de caída, golpe en abdomen: artes marciales, judo, boxeo y deportes de equipo como baloncesto, fútbol o balonmano).
LOS DE ALTO RIESGO:
Deportes con elevado riesgo de que se produzca una caída o accidente:
escalada, paracaidismo, parapente, rafting, automovilismo, esquí, snowboard o esquí acuático.
DEPORTES BAJO EL AGUA:
Actividades que obliquen a mantener respiración mucho rato o exigen descompresión al final (buceo o submarinismo).
LOS DE ELEVADO ESFUERZO:
Halterofilia o gimnasia rítmica se deben abandonar (también el trabajo abdominal específico).
LOS DE IMPACTO PÉLVICO:
Aeróbic tipo step, saltos mantenidos y contínuos (baloncesto, salto longitud o altura, equitación).

El efecto beneficioso del ejercicio físico durante el embarazo depende del tipo, intensidad, frecuencia y duración de la actividad deportiva que se practica.

Según los Protocolos de SEGO7:

  1. La prescripción de ejercicio físico deberá ser individualizada y sometida a controles médicos regulares.
  2. A mayor intensidad y duración del ejercicio materno, existirá mayor riesgo potencial de que ocurran efectos dañinos sobre el feto.
  3. En mujeres sedentarias o que practican ejercicio físico ocasional, no es el momento más idóneo para fomentar nuevas prácticas deportivas.
  4. Se aconsejará la incorporación a un programa específico de preparación al parto.
  5. Tras el permiso médico, la gestante que fuera previamente activa podrá mantener sin muchos cambios su programa de ejercicio físico.
  6. Las mujeres atletas que cursen su embarazo sin complicaciones podrán mantener en gran medida su programa de entrenamiento, siempre y cuando exista una monitorización periódica.

Por lo tanto queda evidente que la mujer embarazada deportista o sedentaria, sana, se beneficia de la práctica deportiva mejora  su estado de ánimo físico y psíquico.